Infraestructura Gestión

El registro de apartamentos turísticos en Andalucía es necesario para operar en dicha comunidad.

Uno de los modelos de negocio que más prosperó en España el pasado 2019 fue el de las viviendas vacacionales. Debido a la gran afluencia de turistas que tiene España cada año, son muchas las personas que deciden alquilar un apartamento turístico en vez de hospedarse en un costoso hotel.

Para dedicarte a la explotación turística de tu propiedad, lo primero que tendrás que hacer será registrar tu vivienda en el registro de apartamentos turísticos. Cada Comunidad Autónoma tiene su propia normativa, así que, si no sabes cómo registrar una vivienda turística en Andalucía, ¡te presentamos la guía definitiva!

¿CÓMO PUEDO REGISTRAR UNA VIVIENDA TURÍSTICA EN ANDALUCÍA?

A continuación te presentamos los procesos por los que debes pasar para completar el registro de apartamentos turísticos en Andalucía:

  • Solicitar licencia de primera ocupación
  • Formalización de la declaración responsable
  • Inscribir la propiedad en el Registro de Turismo de Andalucía

SOLICITAR LICENCIA DE PRIMERA OCUPACIÓN

Este documento expedido por el Ayuntamiento, deberá ser solicitado por el propietario de la vivienda una vez terminen las obras.

La licencia de primera ocupación acredita que la obra ha sido ejecutada bajo la licencia de obras, cumpliendo con el proyecto técnico.

Sin este documento, no podrás llevar a cabo la contratación de suministros.

FORMALIZACIÓN DE LA DECLARACIÓN RESPONSABLE

El segundo paso para completar el registro de apartamentos turísticos en Andalucía que te permita ejercer la explotación turística de la propiedad, será llevar a cabo una declaración responsable, en la que el propietario declara, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos exigidos por la normativa turística.

En dicha Declaración Responsable deberá constar:

  • Datos de la vivienda, incluyendo capacidad reflejada en la licencia de ocupación y referencia catastral.
  • Datos del propietario, dirección y contacto.
  • Datos del representante o la unidad explotadora, si los hubiera.

Podrás encontrar un formulario de declaración responsable en la Oficina Virtual de la Junta de Andalucía.

INSCRIBIR LA PROPIEDAD EN EL REGISTRO DE TURISMO DE ANDALUCÍA

Deberás inscribir tu vivienda con fines turísticos en el Registro de Turismo de Andalucía, estando obligado a comunicar las altas y bajas a las diferentes corporaciones municipales con los partes de entrada de los turistas.

Una vez inscrita la vivienda, recibirás un código de Inscripción. Dicho código deberá indicarse en cualquier tipo de publicidad o promoción que se realice de la vivienda.

El código tarda de 15 a 30 días en procesarse. No obstante, puedes comenzar con la publicidad y la promoción de la propiedad en este periodo.

¿POR QUÉ REALIZAR EL REGISTRO DE APARTAMENTOS TURÍSTICOS EN ANDALUCÍA?

Para poder llevar a cabo la explotación turística de tu apartamento o vivienda legalmente, deberás registrar tu vivienda turística en Andalucía obligatoriamente. Esto se debe a que la creación de este registro de viviendas de economía colaborativa facilita la regulación de la oferta, poniendo una serie de pautas generales que garantizan un servicio ordenado de cara a los huéspedes.

La creación de canales digitales de reserva de alojamientos como Airbnb, estaba disparando el número de personas que buscaban este tipo de alojamiento, produciéndose cierto descontrol. Ante esto, surgieron varias leyes que regulan la explotación de apartamentos turísticos en Andalucía con el fin de tener una oferta organizada.

REQUISITOS PARA REGISTRAR UNA VIVIENDA TURÍSTICA EN ANDALUCÍA

  • La vivienda en cuestión deberá poseer una licencia de ocupación, cumpliendo con las condiciones de calidad exigibles, y estar ubicada en Andalucía.
  • Las habitaciones deberán tener ventilación directa al exterior y además necesitarán un sistema de oscurecimiento de la ventana.
  • La vivienda deberá estar amueblada y dotada de aparatos necesarios para un uso inmediato. El mobiliario tiene que concordar con el número de plazas del que disponga la vivienda.
  • Sistema de refrigeración cuando el periodo de funcionamiento esté comprendido entre mayo y septiembre y sistema de calefacción en el periodo de octubre a abril.
  • La vivienda deberá tener un botiquín de primeros auxilios.
  • Se le deberá facilitar a los huéspedes información turística de la zona, en formato físico o electrónico, así como zonas de ocio, comercios, restaurantes o centros de salud.
  • De forma obligatoria, se deberá poner a disposición de los huéspedes una hoja de quejas y reclamaciones y un cartel anunciador de la misma en un lugar visible de la propiedad.
  • Se deberá limpiar la vivienda antes de la entrada de un cliente y después de su salida.
  • Será obligatoria la disposición de menaje de casa y juegos de reposición.
  • Habrá que facilitar a los huéspedes un número de teléfono para atender posibles consultas o resolver cualquier tipo de incidencia.
  • Poner a disposición de los usuarios manuales de uso de electrodomésticos u otros dispositivos.
  • Informar a los usuarios sobre las normas acerca del funcionamiento de las instalaciones.

NORMATIVA APARTAMENTOS TURÍSTICOS ANDALUCÍA

La normativa reguladora del alojamiento turístico en Andalucía es el Decreto 28/2016, de 2 de febrero, de las viviendas con fines turísticos.

Con esta ley se intenta que la oferta de viviendas turísticas en Andalucía cumpla con unas exigencias mínimas comunes. Exigencias en competencias como la salubridad o la seguridad de los huéspedes son algunas de las que se pretenden asegurar.

Además, se pretende eliminar la competencia desleal que puede verse producida por un aumento de la oferta.

Acorde al Decreto, serán consideradas viviendas con fines turísticos aquellos inmuebles donde se ofrezca, a cambio de dinero, el servicio de alojamiento en la Comunidad Autónoma de Andalucía, con fines turísticos y de forma habitual.

Para considerar que existe habitualidad, así como finalidad turística, se deberá promocionar la propiedad en diferentes canales de oferta turística.

Son considerados canales de oferta turística:

  • Agencias de viaje
  • Empresas que organizan servicios turísticos
  • Canales que faciliten la posibilidad de reservar un alojamiento.

SERVICIO INTEGRAL DE HOSTICASA

Son muchos los procesos administrativos que se deben realizar para comenzar a operar en este novedoso modelo de negocio. ¿Tienes una propiedad y te gustaría adentrarte en el mundo de los apartamentos turísticos, pero no sabes cómo comenzar? Si es así, ¡tenemos la solución!

Hosticasa ofrece un servicio integral de gestión de apartamentos turísticos en el que nos hacemos cargo de absolutamente todo lo relacionado con la gestión de tu propiedad. Desde la limpieza y la gestión del perfil de la propiedad en diferentes canales digitales, hasta la asesoría legal, en la que nos encargaremos de registrar tu vivienda turística en Andalucía.

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